La Justicia atribuyó a Irán el atentado a la Amia
CRIMEN DE LESA HUMANIDAD

La Justicia atribuyó a Irán el atentado a la Amia

Concluyeron que ese y el ataque a la Embajada, fueron ejecutados por Hezbollah.

La Cámara Federal de Casación Penal sentenció este jueves que el ataque contra la embajada de Israel en marzo de 1992 y la bomba que hizo explotar la sede de la Amia el 18 de julio de 1994 “respondieron a un designio político y estratégico” de la República Islámica de Irán y ambos atentados fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbollah. El fallo sostuvo además que la voladura de la AMIA fue un crimen de “lesa humanidad” y abrió la puerta para que la Argentina demande formalmente a Irán.

Se trata de una resolución clave en el marco de la causa AMIA, cuyo atentado cumplirá 30 años. La sentencia -dictada por los jueces Carlos Mahiques, Diego Barroetaveña y Angela Ledesma- incluye una trascendente definición sobre el derecho a la verdad de las víctimas y sus familiares, y la posibilidad de que demanden a los responsables, entre ellos, al Estado Islámico de Irán, indicó la periodista Patricia Blanco según fuentes judiciales. Y en su voto, el juez Mahiques sugiere que ese reclamo podría ser emprendido por Argentina, por vía diplomática, a través de un tribunal arbitral o incluso por la Corte Internacional de Justicia, el principal órgano judicial de las Naciones Unidas.

Es que Casación se pronunció así sobre los alcances del delito terrorista internacional yihadista, y establece que el ataque a la AMIA fue organizado, planificado, financiado y ejecutado por integrantes de organizaciones que reportan orgánica, funcional e ideológicamente a un Estado (como es el caso de Hezbollah).

La sentencia contiene una fuerte exhortación a los jueces a cargo de las causas conexas que todavía continúan en trámite y que se vinculan de diferente manera con el atentado a que se avance con mayor celeridad. Pero también a los poderes ejecutivo y legislativo para que definan a la brevedad políticas públicas en relación a la instauración del proceso en ausencia, la creación de agencias federales de investigación para delitos complejos como el terrorismo, la modernización y dotación de mayores recursos en el proceso de sistematización y conocimiento de la documentación de inteligencia que fue desclasificada y que, a casi treinta años de cometido el atentado, aún no ha concluido.

El pronunciamiento se hizo en el marco de la revisión de la absolución de Carlos Telleldín, el reducidor de autos que se convirtió en el primer detenido en la causa. Casación ratificó esa decisión, al sostener que la camioneta que Telleldín vendió no fue la que se usó como “coche-bomba y no se cuenta con pruebas suficientes que lo vinculen con su armado”.

En otro fallo conexo, Casación también confirmó la mayoría de las condenas por las graves irregularidades cometidas al inicio de la investigación, aunque modificó las penas en algunos casos y en otros el delito investigado.

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